27 de julio de 2024

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VOX Sanse propone una Moción para eliminar el Impuesto a la Plusvalía o bonificarlo al 95%

Magazine SLV. La formación va a llevar la propuesta al pleno

VOX San Sebastián de los Reyes va a llevar una moción al próximo pleno de temática económica. Y es que va a pedir eliminar el Impuesto a la Plusvalía o bonificarlo al 95%. «Hace más de dos años ya votaron en contra toda la izquierda en su afán recaudatorio, esperamos que esta vez y atendiendo a la subida de impuestos realizada, tengan a bien pensar en nuestros vecinos y tomar esta iniciativa», apuntan desde VOX.

La formación ya propuso, durante el mandato pasado, su eliminación de forma insistente, ya que
consideran que es «ante todo injusto y duplica el pago de la carga impositiva sobre el bien
Algo que fue refrendado por sentencia al respecto ampliamente comentada en los distintos
medios de comunicación»
, analizan.

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Foto: VOX Sanse

Se espera que el equipo de Gobierno apoye la medida, tal y como hizo cuando estaba la oposición.

«Lo sencillo hubiera sido atender la sentencia al respecto y no cobrar la plusvalía, pero en vez de
realizar un ejercicio de contención del gasto, han decidido articular una nueva fórmula para
cobrar nuevamente la plusvalía. Gravan de nuevo un bien por el que nuestros vecinos ya han
pagado en forma de IVA
, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos documentados en el momento de la compra/venta, según corresponda si es vivienda nueva o de segunda mano y el IBI anualmente.

La propuesta registra puntos como el de Modificar el párrafo 1 del artículo 6 de la ordenanza
quedaría como sigue “El tipo de gravamen del impuesto es del 0%.”

Si por viabilidad presupuestaria no fuera posible aplicar el punto primero, el partido pide modificar el
porcentaje de bonificación al 95%. «Esta bonificación se disfrutará únicamente por un inmueble
que, en todo caso, fuera residencia habitual del causante, acreditado a través del certificado de
empadronamiento que deberá tener una antigüedad mínima de 2 años al momento del
fallecimiento, salvo que se trate de un inmueble de reciente adquisición, en cuyo caso, bastará
con que la antigüedad date de dos meses desde la fecha de adquisición». comentan.

También piden eliminar el tercer párrafo del artículo 7 “Bonificaciones” de la ordenanza Reguladora
del Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos (Plusvalía)